Destacado
Oficial: octavo retiro de AFP desde noviembre
Desde el próximo 21 de octubre los afiliados al sistema privado de pensiones podrán solicitar ante sus respectivas AFP el retiro de hasta 21,400 soles (equivalente a 4 UIT), según una resolución de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) publicada en el diario oficial El Peruano.
El trabajador que decida retirar sus fondos bajo los alcances de la citada norma, debe presentar su solicitud de retiro extraordinario y facultativo de sus fondos, indicando el monto a retirar, dentro del plazo máximo de 90 días calendario, contado desde el día de entrada en vigencia de la resolución de superintendencia.
Así lo establece el Procedimiento Operativo para el retiro extraordinario y facultativo de fondos en el Sistema Privado de Pensiones, establecido en la Ley N° 32445.
En caso un afiliado desee desistir de su solicitud de retiro de los fondos, puede comunicarlo a la AFP por única vez, hasta 10 días calendario antes de la fecha en que se haya programado cualquiera de los desembolsos, revocando el pago de los futuros desembolsos programados.
CANALES Y PLATAFORMAS
La AFP debe establecer y difundir los mecanismos para garantizar la disponibilidad y adecuado funcionamiento de los canales de atención de las solicitudes de retiro y/o desistimiento de sus afiliados.
En el caso de las plataformas que soporten el registro de las solicitudes, estas deben contar con estándares mínimos que permitan su correcto llenado y envío, en términos de tiempo y acceso, así como con los mecanismos de ciberseguridad y de conservación de información que correspondan, según lo previsto en la normativa aplicable.
La AFP debe brindar orientación al afiliado sobre el trámite del retiro facultativo y/o desistimiento de este, en sus diversos canales de comunicación y, facultativamente, en los del gremio que la representa.

PLAZOS PARA LOS DESEMBOLSOS
La AFP dispone la entrega de los fondos conforme al siguiente cronograma de desembolsos, hasta completar el monto solicitado:
-Primer desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde la fecha en que fue presentada la solicitud ante la AFP.
-Segundo desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde la fecha en que fue efectuado el primer desembolso por la AFP.
– Tercer desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde la fecha en que fue efectuado el segundo desembolso por la AFP.
– Cuarto desembolso de hasta 1 UIT o el remanente del monto solicitado: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde la fecha en que fue efectuado el tercer desembolso.

RETENCIÓN JUDICIAL O CONVENCIONAL
La AFP es responsable de realizar la retención judicial o convencional, solo respecto de aquellos pronunciamientos derivados de deudas alimentarias, hasta por un máximo del treinta por ciento (30%) del monto de cada desembolso, conforme a lo dispuesto por la Ley.
Los afiliados que se encuentren en el extranjero o estén físicamente imposibilitados, pueden ingresar su solicitud de retiro extraordinario y facultativo de fondos o de desistimiento por los canales y plataformas que se habiliten para tal fin, siendo la AFP responsable de establecer los protocolos que les permita identificar al titular solicitante. Dichos protocolos deben ser difundidos por la AFP, en su sitio web y en otros medios de difusión que estimen necesario.
28/09/2025
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Deportes
Clausuran Estadio Nacional tras conciertos
Parece un potrero… La Municipalidad de Lima dispuso la clausura temporal del Estadio Nacional por los reiterativos incumplimientos durante la realización de eventos artísticos, medida que se ampara en la normatividad vigente.
La gerencia de Fiscalización y Control adopto esa medida tras la inspección realizada la mañana de este domingo 29 y en virtud a los reclamos de números vecinos de la zona de Santa Beatriz.
Según la comuna metropolitana durante los eventos de salsa del viernes 27 y sábado 28 “se generaron ruidos excesivos, aglomeración de personas, alteración del orden público, acumulación de residuos sólidos y perturbación de la tranquilidad de los vecinos, superando los límites permitidos”.
La Municipalidad de Lima emitió una exhortación formal a la administración del recinto, advirtiendo sobre la obligación de respetar el horario declarado, los niveles máximos de emisión sonora y las condiciones de orden, seguridad y limpieza dentro y fuera del recinto deportivo.
CANCHA DE JUEGO
Entre tanto, la página de Facebook Barra Fuerza Oriente 1975 publicó una fotografía que muestra la situación de la cancha del primer estadio del Perú convertida en un terral. Allí en solo 10 días el Sporting Cristal deberá jugar con el Cerro Porteño, por la Copa Libertadores.
Para muchos seguidores esto será imposible ya que la explanada de juego es ahora un “potrero”, denominación que en el fútbol es un espacio de tierra, descampado o con pasto irregular, usado popularmente como cancha de barrio.
SANCIONES
Como resultado de las infracciones constatadas, se iniciaron procedimientos administrativos sancionadores:
• 27 de marzo de 2026:
Multa de S/ 11 000 por no respetar el horario declarado en la solicitud del evento.
• 28 de marzo de 2026:
Multa de S/ 11 000 por no respetar el horario declarado.
Multa de S/ 22 000 por permitir la alteración del orden público y perturbar la tranquilidad de las personas.
Multa de S/ 22 000 por no efectuar la limpieza de los espacios públicos al término del evento.
• 29 de marzo de 2026:
Multa de S/ 22 000 por no efectuar la limpieza de los espacios públicos.
Multa de S/ 22 000 por permitir la alteración del orden público y la tranquilidad vecinal.
El monto total de las multas asciende a S/ 110 000, de acuerdo con el cuadro de infracciones y sanciones vigente.
La clausura fue ejecutada por personal de fiscalización municipal, con apoyo de serenazgo, procediéndose a la colocación de afiches de clausura en todos los accesos del recinto, en cumplimiento del acta de clausura correspondiente.
El recinto cuenta con una entidad administradora responsable de su operación, a la cual le corresponde garantizar el cumplimiento de la normativa municipal vigente, independientemente de los organizadores de los eventos realizados.
La entidad administradora deberá presentar en un plazo de 48 horas los descargos correspondientes para levantar esta medida, previa evaluación de la comuna limeña.
29/03/2026
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Destacado
Hualgayoc exige base militar para frenar violencia por minería ilegal
El Frente de Defensa de Hualgayoc, en la región Cajamarca, solicitó al Gobierno medidas urgentes frente al avance de la minería ilegal, actividad que —según denuncian— está generando una ola de asesinatos y graves daños ambientales en la provincia.
Entre las principales demandas destaca la instalación de un destacamento del Ejército como acción inmediata para recuperar el control del territorio.
Napoleón Gutiérrez, representante del frente de defensa, advirtió que la situación en Hualgayoc se asemeja cada vez más a la vivida en Pataz, La Libertad, donde la minería ilegal ha derivado en violencia y presencia de organizaciones criminales.
“La criminalidad va a seguir avanzando si no se toman decisiones firmes desde el Estado”, sostuvo en declaraciones a la cadena Red de Comunicación Regional (RCR).
En ese contexto, el dirigente precisó que ya se vienen impulsando coordinaciones con el Ministerio de Defensa para concretar la instalación de un destacamento militar en la provincia, medida que consideran clave ante lo que califican como una limitada respuesta de la Policía. “No hay otra forma de frenar esto si no es con presencia efectiva del Estado”, enfatizó.
Asimismo, Gutiérrez informó que el Frente de Defensa busca sostener una reunión directa con el presidente José María Balcázar, así como con los titulares de los ministerios del Interior y Defensa, con el objetivo de establecer una estrategia integral que permita enfrentar la minería ilegal y la criminalidad asociada.
El dirigente también reiteró que las rondas campesinas y organizaciones locales carecen de recursos y logística para enfrentar a los mineros ilegales, quienes operan con maquinaria pesada y, en muchos casos, provienen de otras regiones.
DAÑOS AMBIENTALES
En paralelo, denunció graves daños ambientales, especialmente en las cuencas de los ríos Tingo Maygasbamba y Hualgayoc Arascorgue, que ya habían sido impactadas en el pasado.
Según explicó, la actividad ilegal está afectando sistemas de irrigación y deteriorando fuentes de agua utilizadas por comunidades campesinas.
El representante también sostuvo que los trabajos de remediación ambiental realizados anteriormente por la empresa minera Colquirrumi han sido destruidos por la minería informal, lo que agrava la situación ecológica de la zona y expone a los dirigentes a amenazas constantes.
Finalmente, exhortó a una intervención articulada del Estado, que incluya a la Fiscalía de la Nación y diversos sectores, para frenar una problemática que —según advierten— pone en riesgo la seguridad, el medioambiente y la gobernabilidad en Hualgayoc.
25/03/2026
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Destacado
CAS: promulgan ley que otorga gratificaciones
Los trabajadores sujetos al regimen del Contrato Administrativo de Servicios (CAS) recibirán en adelante el pago de gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, así como la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
Asi lo dispone la Ley N.° 32563, promulgada este martes 24 por el Poder Ejecutivo tras ser aprobada por el Congreso de la República.
La norma, publicada en el Diario Oficial El Peruano, modifica el Decreto Legislativo 1057 y establece que cada servidor percibirá un equivalente a una remuneración mensual, además del reconocimiento de la CTS como beneficio laboral, calculado en función del tiempo de servicios y efectivo al término del vínculo laboral.
Con esta medida, el Ejecutivo fortalece la protección social de miles de trabajadores del Estado y avanza en la mejora progresiva de sus condiciones laborales, en línea con el principio de equidad en el sector público.
Para la implementación de estos beneficios, se autoriza a las entidades públicas de los tres niveles de gobierno a efectuar ajustes presupuestarios con cargo a sus propios recursos, sin demandar financiamiento adicional al tesoro público.
PRESIDENTE BALCAZAR
El presidente José María Balcazar, saludó la medida y adelantó que en un plazo de 60 días se estaría elaborando el reglamento de la citada ley, el cual «no tendría porque desnaturalizar los derechos ya establecidos» en la norma.
En entrevista con Radio Exitosa, el primer mandatario sostuvo que la promulgación de la Ley 32563 representa una reivindicación para los trabajadores beneficiados, ya que el primer proyecto de ley sobre esta materia fue presentado en el año 2021.
24/03/2026
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